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12 abr 2016

Los tribunales confirman que la fibromialgia es motivo para la declarar la invalidez permanente absoluta




La Sala de lo Social del TSJ de Cataluña ha considerado en una reciente sentencia, S 1403/2015, de 24 de febrero (Rec. Suplicación 6239/2014), que la fibromialgia y síndrome de fatiga crónica (SFC) es motivo para declarar la “invalidez permanente”.


La sentencia se refiere a un caso de una mujer, operaria de industria química, que padecía un cuadro de depresión mayor recurrente de carácter grave sin síntomas psicóticos, dolor cervical y proceso degenerativo sin afectación radicular, fibromialgia y SFC.

En el fallo, el TSJ de Cataluña pone el acento en la reiterada doctrina jurisprudencialsobre la configuración que la LGSS hace sobre la incapacidad, que señala que “la valoración de la invalidez permanente debe realizarse atendiendo fundamentalmente a las limitaciones funcionales derivadas de los padecimientos del trabajador”.

Para la Sala, la incapacidad debe ser entendida como la merma de capacidad por reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan la capacidad laboral, y sin que obste a la calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral cuando ésta se presente como incierta o muy a largo plazo.

Es decir, no solo no solo debe ser reconocida cuando se carece de toda posibilidad física para realizar cualquier quehacer laboral, sino también cuando aun manteniendo aptitudes para realizar algún tipo de actividad, no se tengan para hacerlo con una mínima eficacia, pues la realización de cualquier trabajo, incluso por simple que sea, requiere unas exigencias de horario, desplazamiento e interrelación, así como diligencia y atención.

En el caso, las dolencias de la paciente configuran un cuadro que “impide el correcto desempeño de todo tipo de trabajo, incluidas las tareas de naturaleza sedentaria y liviana que no requieran la realización de esfuerzos físicos especialmente intensos”.

“En el momento actual se encuentra afectada por un trastorno mayor de carácter grave, que se presenta con intensidad suficiente como para anular su capacidad laboral, a lo que se añaden las restantes dolencias degenerativas”, añade el fallo.
La demandante presenta depresión mayor recurrente de carácter grave sin síntomas psicóticos, dolor cervical y proceso degenerativo sin afectación radicular, fibromialgia y SFC.

Por todo ello, el TSJC desestima el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra la sentencia que ya dictó el Juzgado de lo Social 1 de Girona en 2013.

En Barcelona a 24 de febrero de 2015

Fuente: InfoHubWeb
Imágenes de tptherapy.com y Arthritis Foundation



27 mar 2015

MMS: ¿MEDICAMENTO O VENENO? CONGRESO FEBRERO 2015

MMS: ¿MEDICAMENTO O VENENO?


Un ejemplo de control sanitario y de respuesta popular empoderada


¿Qué es exactamente el MMS?¿Es cierto que cura enfermedades?¿Puede curar el Ébola o el SIDA?¿Y el Cáncer?¿Es peligroso?

¿Es cierto que está PROHIBIDO?

¿Por qué?



Teresa Forcades - Médico / Monja benedictina
El viernes 27 de febrero de 2015 se celebró en Barcelona un evento multitudinario para divulgar el uso del Dióxido de Cloro (MMS) como tratamiento a muchas enfermedades. En el congreso se presentaron testimonios y argumentos científicos que avalan el éxito del uso del MMS en contra de lo que la "comunidad farmacéutica" postula.






Disertantes:

Josep Pàmies - Miembro fundador de DOLÇA REVOLUCIÓ de las plantas medicinales
Rosa Sa - Asociación Pro - legalización del clorito de sodio terapéutico
Enric Cerqueda - Masajista / Associació DOLÇA REVOLUCIÓ
Dra. Isabel Cusó - Médico / El Masnou
Manuel Cátedra - Divulgador / Madrid
Roger Rabés - Ganadero alternativo / Associació DOLÇA REVOLUCIÓ
Teresa Forcades - Médico / Monja benedictina Monestir Sant Benet de Montserrat


Primera parte: https://youtu.be/M4-8C79BuYc
Segunda parte: https://youtu.be/CILPW8bYjfU